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Lista de Nombres Raros permitidos en Guaraní y Español

El Registro Civil y la Secretaría Lingüística preparan el amplio listado de denominaciones en ava ñe’ê. El objetivo de la nueva base de datos es evitar trabas en las unidades oficiales para inscribir nombres poco frecuentes.

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 El Registro Civil de las Personas junto a la Secretaría de Políticas Lingüísticas emprenden   la elaboración de un libro que contenga todos los nombres en guaraní y español, que estarán permitidos para la inscripción formal, anunció el director general, José Cogliolo.

Este material se encuentra actualmente en proceso y llevará aún su tiempo para el lanzamiento. El mismo permitirá reglamentar básicamente aquellas denominaciones que estarán permitidas para el registro oficial. Los agentes tendrán a disposición la base de datos que les permitirá dilucidar acerca de los nombres en guaraní y en español que son aceptados para su inscripción.

«Es muy delicado ese punto. No está reglamentada la inscripción de nombres en guaraní», precisó José Cogliolo. Por ello, solo están sujetos al artículo 56 de la Ley 1266/87 que expresa: «El oficial del Registro Civil no inscribirá nombres ridículos, o que puedan inducir a error sobre sexo, ni más de tres nombres».

Teniendo en cuenta esta situación, en las filiales del Registro Civil se presentan aún casos en los que el oficial se opone a la inscripción de un nombre en guaraní, como el caso que denunció la pareja de Rubén Cáceres y Lizy Osorio.

Ñamandu es el nombre que eligieron para su primogénito, pero la oficial se negó rotundamente a anotarlo así, alegando que el niño odiaría a sus padres por la elección de la denominación. Tras una batalla de dos días, la familia logró registrar a Lautaro Ñamandu en el Registro Civil de la Cruz Roja en Asunción.

BASE DE DATOS. La Secretaría de Políticas Lingüísticas está en proceso de redacción de la lista de posibles nombres en guaraní y español para varones y mujeres, como una herramienta que permitirá mejorar la aceptación en el Registro Civil, mencionó igualmente Miguel Verón, director general de Planificación Lingüística y miembro de la Academia de la Lengua Guaraní.

Con relación al caso acontecido, señaló que no existe una reglamentación, pero la reciente Ley de Lenguas N° 4251 es bastante amplia y garantiza la utilización de las denominaciones en guaraní.

La nómina también contendrá nombres de indígenas, teniendo en cuenta que desde el concepto antropológico es muy importante que este sector pueda inscribir el nombre designado por el pueblo indígena, porque la denominación «uno ya la trae consigo mismo en el alma antes de venir al cuerpo».

Caso contrario, ocurre el tera’o, quitar el nombre, mencionó Verón, al tiempo de rescatar que es importante asegurar a las familias paraguayas el derecho de inscribir a sus hijos con un nombre guaraní. (Fuente UltimaHora.com)

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